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Calendario fiscal básico: lo que suele vencer el día 17 de cada mes

Pagos provisionales, retenciones, IVA y cuotas del IMSS comparten una fecha clave. Una guía rápida para que no se te pase ninguna.

🏛️ Noticias fiscales · Publicado el 22 de septiembre de 2026 · 1 min de lectura

Para muchos contribuyentes, el día 17 es la fecha de corte del mes. Por regla general, si cae en día inhábil, el plazo se recorre al siguiente día hábil (art. 12 del Código Fiscal de la Federación).

Obligaciones mensuales frecuentes

  • Pago provisional de ISR de personas físicas con actividad empresarial, honorarios o arrendamiento, y de personas morales.
  • Declaración mensual de IVA y, en su caso, de IEPS.
  • Retenciones de ISR e IVA que hiciste a terceros (por ejemplo, sueldos o servicios profesionales).
  • DIOT (declaración informativa de operaciones con terceros), según tu régimen.
  • Cuotas obrero-patronales del IMSS mensuales.

Obligaciones bimestrales

Las aportaciones de retiro, cesantía y vejez (RCV) y del INFONAVIT se pagan de forma bimestral, en enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre.

Consejos para no fallar

  1. Pon recordatorios tres días antes del vencimiento.
  2. Concilia tus facturas emitidas y recibidas antes de declarar.
  3. Si pagas tarde, calcula actualización y recargos y regulariza cuanto antes: la multa y los recargos crecen con el tiempo.

Tus fechas pueden variar según tu régimen o tu RFC; confirma el calendario aplicable con tu contador.

Fuentes oficiales

Contenido informativo. Este boletín resume temas fiscales y financieros con fines educativos; no constituye asesoría legal, fiscal, contable ni de inversión. Las normas cambian y tienen requisitos y excepciones: confirma con un profesional y consulta siempre la fuente oficial.

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