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Art. 31, 34 y 35 LISR: Depreciación Fiscal de Inversiones y Activos Fijos

Resumen en lenguaje claro de Art. 31, 34 y 35 de la Ley del Impuesto sobre la Renta y cómo aplicarlo en la práctica.

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Qué establece

Las inversiones en activos fijos únicamente se podrán deducir mediante la aplicación, en cada ejercicio, de los porcientos máximos autorizados sobre el monto original de la inversión (MOI). Los activos se empezarán a depreciar a partir del ejercicio en que se inicien a utilizar o desde el ejercicio siguiente.

Cómo lo aplica el panel de contabilidad de SmartFisco

El submódulo de Inversiones permite dar de alta activos fijos a partir de facturas XML o registro manual, aplicando los porcentajes de ley (Edificios 5%, Mobiliario y Equipo 10%, Transporte 25%, Cómputo 30%, etc.) calculando la deducción fiscal mensual y anual de forma exacta.

Última reforma considerada: 1 de enero de 2022.

Permite actualización por INPC al cierre del ejercicio fiscal.

Fuente oficial

Resumen informativo. Esta ficha explica la norma en lenguaje sencillo y puede no incluir todas sus excepciones o reformas recientes. No constituye asesoría legal, fiscal, contable ni laboral: consulta el texto oficial vigente y confirma con un profesional.
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