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Art. 74 LFT: Días de descanso obligatorio

Resumen en lenguaje claro de Art. 74 de la Ley Federal del Trabajo y cómo aplicarlo en la práctica.

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Qué establece

Son días de descanso obligatorio el 1 de enero, el primer lunes de febrero, el tercer lunes de marzo, el 1 de mayo, el 16 de septiembre, el tercer lunes de noviembre, el 1 de octubre de cada seis años con motivo de la transmisión del Poder Ejecutivo Federal, el 25 de diciembre y el que determinen las leyes federales y locales electorales en caso de elecciones ordinarias.

Qué conviene cuidar en tu control de asistencia

Carga estos días en el calendario de tu sistema de asistencia para identificar cuándo un trabajador labora en día de descanso obligatorio y calcular el pago que corresponda.

Confirma el texto vigente del artículo y el calendario del año.

Fuente oficial

Resumen informativo. Esta ficha explica la norma en lenguaje sencillo y puede no incluir todas sus excepciones o reformas recientes. No constituye asesoría legal, fiscal, contable ni laboral: consulta el texto oficial vigente y confirma con un profesional.
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